top of page
Buscar
PETROENERGÍA

La ARC fijará bandas de combustibles regulados el 12 de cada mes

Quito, 9 de abril de 2021 Una vez que se han ajustado los procedimientos internos de la Agencia de Regulación y

Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARC), en cuanto al cálculo técnico y las actividades de control efectuadas a la cadena de comercialización de combustibles. En cumplimiento a la Disposición Transitoria Única del Decreto 1222, de 11 de enero de 2021, a partir de abril, la ARC fijará los precios referenciales de los combustibles regulados, a las 0h00 del día 12 de cada mes.

Mediante Decreto Ejecutivo 1183, del 4 de noviembre de 2020, se determina que la ARC, como la entidad de control, establecerá la fijación de precios referenciales de los combustibles Diésel 2, Diésel Premium, Gasolina Extra y Extra con Etanol Anhidro (Ecopaís) del segmento automotriz; con una variación mensual de la banda de precios del mercado regulado del +/-5%.

Con base en el Decreto Ejecutivo 1222, se delega a la Agencia realizar el cálculo de precios referenciales para el abastecimiento de Diésel 2 y Diésel Premium, mediante el cual se establece un cambio en la variación mensual de la banda de precios del mercado regulado del Diésel, del +/-5% al +/-3%.

Como resultado del trabajo desplegado por la ARC, de enero a marzo de 2021, la Agencia realizó 4 458 inspecciones de control en los centros de distribución de combustibles en todo el territorio nacional, donde se verificó que las comercializadoras cumplan con el precio definido dentro del ancho de banda del +/- 5% y +/- 3%, según cada tipo de combustible; así como se controló la calidad y despacho de la cantidad justa del producto a los consumidores finales.


62 visualizaciones0 comentarios

Comments


bottom of page